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Jueves, 15 de octubre de 2026
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El hombro roto y el galpón que no lo quiso reubicar

Después de trabajar más de una década embalando fruta en una cooperativa neuquina, un operario se quedó afuera cuando la ART le dio el alta con restricciones. La Cámara de Apelaciones confirmó que no alcanza con decir que no había puesto: hay que demostrarlo.

Por Paola MezaSociedad y vida · · hace 2 h
El hombro roto y el galpón que no lo quiso reubicar

Elena tiene 53 años y hace veinte que pela peras en el Alto Valle de Neuquén. Conoce el galpón de memoria: el ruido de las cintas, el golpe seco de las cajas armándose, ese olor dulce que se pega en la ropa y no se va hasta el otro día. Por eso cuando le conté el caso de su compañero, el embalador que se rompió el hombro derecho en agosto del 2021, me dijo casi sin pensar: "mba'eichapa ikatu oñemobyta ha uperire ojapo ojejapo hague, jepe". Traducido del guaraní criollo que se cuela en estas tierras: cómo puede ser que lo echen si todavía podía trabajar, aunque fuera en otra cosa. Esa pregunta, simple y enorme al mismo tiempo, es la que terminó resolviendo la Justicia neuquina cuatro años después.

Diez años cargando cajas y un alta con condiciones

El operario había ingresado a la cooperativa en enero de 2011 como embalador de primera categoría. Su trabajo de todos los días era armar y cargar cajas con fruta, una de las tareas más pesadas del galpón de empaque. En más de una década nunca había registrado un llamado de atención, una sanción, nada. Hasta que el hombro dijo basta.

La lesión ocurrió en agosto del 2021, mientras manipulaba las cajas en plena temporada. La ART se hizo cargo del tratamiento durante ocho meses y en abril del año siguiente le entregó el alta con una condición que cambiaba todo: el hombre podía volver a trabajar, pero solamente si se le asignaban tareas compatibles con su limitación. Levantar cajas de peras o manzanas quedaba directamente afuera de lo posible.

Con ese papel en la mano, el trabajador mandó un telegrama pidiendo la reincorporación. La cooperativa respondió por carta documento: sí, reconocieron la restricción médica, pero no, no había ningún puesto disponible que se ajustara a ella. El operario volvió a insistir por escrito y hasta se tomó el trabajo de detallar en qué sectores del galpón podía desempeñarse. La respuesta fue exactamente la misma.

Los testigos y el trabajo liviano que sí existía

En el juicio declararon seis compañeros de trabajo y todos contaron, con sus propias palabras, que en el galpón había tareas concretas que no requerían esfuerzo de carga:

  • El sellado de etiquetas en la línea de empaque.
  • El fichado de cajas con engrudo, una tarea manual y de precisión.
  • El colgado de bines en el sector conocido como "el aéreo", donde se acomodan las cajas para el frío.

Varios coincidieron en que, cuando alguien se lastimaba o quedaba con limitaciones físicas, la empresa lo reubicaba en esas funciones sin dramas. Uno de los testigos fue más allá y señaló que al menos cuatro embaladores habían sido pasados a otros sectores en situaciones parecidas a lo largo de los últimos años. Es decir, la reubicación no era una rareza: era una práctica habitual de la propia cooperativa.

La condena y el principio que cambia las cosas

El juez Luis Trani, del Juzgado Laboral N°3 de Neuquén, calificó esos testimonios como coherentes, ordenados y concordantes. Su conclusión fue directa: la cooperativa tenía posibilidades reales de reubicar al trabajador y eligió no hacerlo. En el fallo, además, dejó sentado un principio clave para este tipo de litigios, uno que cualquier trabajador con restricciones médicas debería tener presente: cuando una empresa alega que no tiene un puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, la carga de la prueba corre por cuenta de ella. No alcanza con decirlo. Hay que demostrarlo. Y esta cooperativa no lo demostró.

La Cámara de Apelaciones confirmó el fallo en primera instancia y fijó la condena en 676.751 pesos más intereses calculados desde 2022. La cifra quedó muy por debajo de lo que el trabajador había reclamado originalmente, que superaba los cuatro millones de pesos. Aun así, lo más importante del caso no es el monto: es el mensaje.

Porque la historia de este embalador neuquino es, en el fondo, la de muchos. La de cualquiera que un día se rompe en el esfuerzo y descubre que la empresa para la que trabajó más de una década ya no tiene lugar para sus manos lastimadas. Lo que la Justicia acaba de decirles a las cooperativas del Alto Valle es bastante claro: cuando alguien puede trabajar, aunque sea en otra cosa, y la firma decide no buscarle lugar, eso tiene un nombre. Se llama despido, y se paga. Vuelvo a pensar en Elena, parada en la línea, mirándome con esa mezcla de bronca y ternura que solo da quien conoce el oficio desde chica. Ella lo había entendido antes de que se lo contaran.

PM
Paola MezaSociedad y vida

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