Concesionarias: los nuevos sueldos del sector rigen desde octubre y hasta diciembre
SMATA y ACARA cerraron los valores del último trimestre del año para los trabajadores del convenio 99/23, con montos nominales que varían según la categoría.
Los empleados de concesionarias de autos ya cuentan con nuevos salarios desde el 1° de octubre. El acuerdo firmado por el sindicato SMATA y la cámara ACARA cubre el período que va de octubre a diciembre, dentro del convenio colectivo de trabajo 99/23. A diferencia de otras paritarias, no se aplicó un porcentaje único para todos los escalafones, sino montos nominales diferenciados por categoría.
Las escalas y los beneficios del acuerdo
Para octubre y noviembre, la escala parte de $1.073.088,67 para los vendedores de planes de ahorro y para los vendedores itinerantes de repuestos ubicados en una franja, y llega a $1.099.915,89 en la franja siguiente. En diciembre se incorpora un incremento complementario que se calcula sobre esos valores base. Además del sueldo fijo, el acuerdo mantiene y actualiza otros conceptos:
- Comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos para el personal de ventas.
- Obligación de encuadrar al menos el 10 por ciento de la dotación en los dos escalafones más altos del convenio.
- Antigüedad que parte del 3 por ciento a los dos años de servicio y llega al 39 por ciento a los 26 años.
- Suplemento del 4 por ciento sobre el básico para quienes acrediten dominio de un idioma extranjero, y del 10 por ciento para quienes tengan título habilitante.
- Plus del 20 por ciento por zona desfavorable para los trabajadores que cumplan tareas en la Patagonia.
- Compensación por transporte, sea público o propio, y asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales.
- Subsidios por fallecimiento de familiares directos calculados sobre la categoría máxima del escalafón.
Homologación y revisión en enero
El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación. Sin embargo, ambas partes aclararon que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial. En enero, SMATA y ACARA volverán a reunirse para medir la inflación registrada de octubre a diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional sobre los salarios.
