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Jueves, 5 de noviembre de 2026
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Un nuevo plazo para que las pymes ordenen sus deudas con el fisco en cuotas

La ARCA amplió el régimen especial de facilidades de pago para micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. Las deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026 ya pueden incluirse.

Por Rubén ArandaEconomía regional · · hace 1 h
Un nuevo plazo para que las pymes ordenen sus deudas con el fisco en cuotas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que amplía el plan especial de facilidades de pago dirigido a las MiPymes, a los pequeños contribuyentes y a determinadas entidades sin fines de lucro. El régimen permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social mediante el pago en cuotas.

Qué cambia respecto del esquema original

El cambio central es la extensión de la fecha de corte para las obligaciones regularizables. El régimen original alcanzaba a las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, y ahora ese límite se corre al 31 de octubre de 2026. Además, el período de adhesión se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.

Las multas aplicadas hasta el 31 de octubre también pueden incluirse dentro del plan. Las condiciones de financiación, en cambio, se mantienen sin modificaciones respecto del esquema anterior.

Quiénes pueden acceder y en cuántas cuotas

  • Micro y Pequeñas Empresas, con hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales.
  • Pequeños contribuyentes, con el mismo tope de 18 cuotas mensuales.
  • Medianas Empresas de los tramos 1 y 2, con un tope de 15 cuotas.
  • Determinadas entidades sin fines de lucro, alcanzadas por la resolución.

El régimen especial de facilidades de pago es el mecanismo que permite dividir una deuda con el organismo recaudador en pagos mensuales, sin necesidad de cancelarla en un único desembolso.

Cuándo y cómo se carga la deuda

Aunque la resolución ya está vigente, la carga de las nuevas deudas en el sistema «Mis Facilidades» estará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026. Para hacerlo, deberá seleccionarse la opción «Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026». Hasta esa fecha, el sistema no permitirá incorporar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio.

El trámite se realiza de forma online a través del servicio «Mis Facilidades» del organismo recaudador, sin necesidad de presentaciones presenciales según el material disponible.

RA
Rubén ArandaEconomía regional

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