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Viernes, 9 de octubre de 2026
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Casas particulares: en octubre el salario mínimo sube 1,7% y se reacomoda el básico

La actualización corresponde a la Resolución 6/2026 de la Comisión de Trabajo del sector. También se incorpora al sueldo básico la mitad de la suma no remunerativa que se abonó en agosto.

Por Ramona InsaurraldeCampo y ganadería · · hace 2 h
Casas particulares: en octubre el salario mínimo sube 1,7% y se reacomoda el básico

El personal de casas particulares arrancó octubre con nuevos valores en el salario mínimo: la suba frente a las escalas de septiembre es del 1,7%, según el calendario de ajustes dispuesto por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. La actualización rige tanto para los pagos por hora como para los haberes mensuales, así que conviene revisar el recibo antes de liquidar.

Cómo se distribuye el aumento trimestral

La resolución fijó un esquema progresivo que termina de completarse este mes: 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre, los dos últimos porcentajes ya están definidos y se aplican sobre los valores vigentes en cada tramo. Para sacar la cuenta de octubre alcanza con tomar la escala de septiembre y aplicar 1,7%, aunque hay un movimiento adicional que conviene tener presente.

En agosto se pagó una suma no remunerativa que iba de 8.000 a 20.000 pesos, según la cantidad de horas trabajadas por semana. Ahora, la mitad de ese adicional se incorpora al salario básico, con impacto directo en antigüedad, aportes y aguinaldo. La otra mitad, según lo previsto en la normativa, seguirá como concepto no remunerativo hasta completar el traspaso.

  • Categoría del personal y modalidad con retiro o sin retiro, que define la base de cálculo.
  • Antigüedad: 1% del salario básico por cada año cumplido con el mismo empleador.
  • Zona desfavorable: 31% de adicional en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y en el partido bonaerense de Patagones.
  • Horas extra en días hábiles con recargo del 50%.
  • Horas extra después de las 13 del sábado, domingos o feriados con recargo del 100%.

Antes de armar el recibo, entonces, la recomendación práctica es repasar la categoría, la modalidad, los años en la relación laboral y la zona. En las provincias patagónicas y en Patagones el adicional de zona suele ser el item que más mueve la liquidación, y vale la pena chequear que esté bien cargado. Para el cálculo de antigüedad, ojo: el 1% se aplica sobre el salario básico actualizado de la categoría, no sobre el haber de bolsillo, y se cuenta año por año desde la fecha de ingreso al mismo empleador.

Lo que hay que mirar en el recibo

Con los nuevos valores y el traspaso parcial de la suma no remunerativa, conviene comparar el básico de octubre contra el de septiembre: si la diferencia es apenas el 1,7%, falta algo. La mitad del adicional de agosto tiene que estar integrada al sueldo principal y, al mismo tiempo, aparecer como concepto no remunerativo lo que reste, para que la liquidación cierre con lo que fija la resolución. Ante cualquier duda, el sindicato del sector y la propia Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares suelen tener las grillas oficiales a disposición, y son la referencia más segura para no quedarse corto ni pasarse de lo que marca la norma.

RI
Ramona InsaurraldeCampo y ganadería

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