Gas: qué cambia con el nuevo régimen de Zona Fría y cómo se aplican los descuentos
La bonificación del 50% se mantiene para usuarios de las regiones alcanzadas por el nuevo mapa. Quienes quedaron afuera pueden acceder a un beneficio adicional del 20% si cumplen determinadas condiciones.
La Secretaría de Energía estableció cómo se aplicará el nuevo Régimen de Zona Fría, que contempla una bonificación automática del 50% en la tarifa de gas para usuarios de las regiones incluidas. El esquema alcanza al gas natural y al gas propano indiluido distribuidos por redes.
El descuento corresponde a usuarios residenciales y al Servicio General P dentro de las zonas incorporadas al régimen. Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán incluirlo en la factura sin que sea necesario hacer un trámite, de acuerdo con las instrucciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad.
La Resolución 299/2026, que fijó los alcances de la medida, cubre los consumos desde el 13 de octubre, cuando entró en vigor la Ley 27.828. El nuevo mapa redujo la cobertura frente al esquema anterior: cerca de 1,6 millones de hogares que habían sido incorporados en 2021 dejaron de recibir la bonificación automática por su ubicación.
Quiénes pueden recibir el 20% adicional
Entre las localidades con usuarios que quedaron fuera del descuento general figuran Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino. Para los hogares excluidos, la resolución prevé una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los Consumos Base. Se suma al subsidio que ya reciben quienes están inscriptos en el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados y no lo reemplaza.
Para acceder a ese beneficio adicional deben cumplirse todas estas condiciones:
- Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
- Pertenecer a las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
- No estar incluido en el esquema general de bonificación del 50%.
- Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales y cumplir los demás criterios socioeconómicos previstos por la ley.
La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los beneficiarios mediante un cruce de los datos geográficos con el registro de subsidios. El padrón resultante quedará a disposición del ente regulador, que notificará a las distribuidoras.
Ramona Insaurralde, Campo y ganadería.
