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Lunes, 2 de noviembre de 2026
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Dólares fuera del banco: cómo ingresarlos con menos trámites y dónde está el límite

Un régimen de declaración jurada simplificada fija un tope anual de 100 millones de pesos para depositar ahorros en divisas sin reconstruir décadas de compras.

Por Ramona InsaurraldeCampo y ganadería · · hace 1 h
Dólares fuera del banco: cómo ingresarlos con menos trámites y dónde está el límite

Quienes tengan dólares guardados fuera del sistema bancario podrán ingresarlos con trámites simplificados si se adhieren al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias. La medida fija un tope de 100 millones de pesos anuales, equivalentes a unos 64.000 dólares al tipo de cambio oficial, para acceder a esa diligencia reducida.

La Unidad de Información Financiera publicó una resolución que establece cómo deben proceder bancos, billeteras virtuales, sociedades de bolsa y escribanos cuando un cliente adherido al régimen quiera depositar ahorros que mantuvo fuera del circuito formal.

El umbral de 100 millones de pesos

El punto central para el ahorrista común es el monto acumulado en el año calendario. Por debajo de ese límite, la entidad no puede exigir que se documenten todas las operaciones de compra de divisas realizadas a lo largo del tiempo, ni tratar el depósito en efectivo como una señal de riesgo en sí misma. Sí se mantiene la obligación de identificarse y de demostrar la adhesión al régimen.

Según explicó el abogado tributarista Diego Fraga, una persona que quiera ingresar ahorros equivalentes a 80 millones de pesos, sin otras operaciones computables en el año, no debería conseguir los comprobantes de cada compra de divisas.

Qué pasa por encima del tope

Cuando el monto supera los 100 millones, la evaluación se vuelve más amplia. La entidad deberá analizar el perfil del cliente, su actividad económica y la razonabilidad de la operación. Aun así, la adhesión al régimen simplificado deberá computar como antecedente favorable y no puede ignorarse mediante políticas internas genéricas.

Protección para las entidades y excepciones

  • Si los bancos aplican correctamente los criterios simplificados, eso se considerará cumplimiento de sus obligaciones, aunque luego se determine que el cliente no reunía las condiciones.
  • La protección no rige si la entidad conocía o debía conocer la situación irregular.
  • Quedan excluidas del beneficio las personas con exposición política y los grandes contribuyentes nacionales.
  • También quedan afuera quienes presenten indicios objetivos de operaciones estructuradas para mantenerse artificialmente por debajo del tope anual.
RI
Ramona InsaurraldeCampo y ganadería

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