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Una ley porteña extiende la gratuidad del subte a miles de jubilados con el DNI como único requisito

La Legislatura de la Ciudad aprobó el beneficio para quienes cobren hasta 2,5 haberes mínimos y acrediten domicilio en territorio porteño. La norma elimina la credencial especial y fija un plazo de 60 días para la reglamentación.

Por Rubén ArandaEconomía regional · 28 de agosto de 2026 · hace 2 h

A partir de la sanción de la nueva ley porteña, alrededor de un universo amplio de jubilados y pensionados con domicilio acreditado en la Ciudad de Buenos Aires podrá viajar sin costo en la red de subterráneos mediante un mecanismo simplificado: bastará con apoyar el documento nacional de identidad en el molinete habilitado, sin necesidad de gestionar una tarjeta ni un pase adicional.

Requisitos: ingresos y residencia

El beneficio alcanza a quienes perciban hasta 2,5 haberes mínimos previsionales y acrediten domicilio en el territorio porteño. También quedan comprendidos los retirados de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas de Seguridad que residan en la Ciudad y que se encuentren dentro del mismo tope de ingresos previsionales.

La habilitación tendrá una vigencia de cinco años, con posibilidad de renovación, siempre que el beneficiario continúe cumpliendo las condiciones de residencia e ingresos establecidas por la norma. Ese mecanismo de control periódico apunta a evitar que el beneficio se mantenga cuando han cambiado las condiciones del titular.

Sin restricción de horario ni de día

A diferencia de esquemas anteriores, la gratuidad no contempla franjas horarias restringidas. El acceso es válido todos los días durante todo el horario de servicio, lo que representa una diferencia concreta para quienes utilizan la red en horarios no convencionales: turnos médicos tempranos, trámites administrativos fuera del horario bancario o visitas nocturnas, entre otros.

Cómo se tramita el alta

  • Presentar DNI vigente en las sedes comunales.
  • Acreditar domicilio en la Ciudad de Buenos Aires mediante comprobante correspondiente.
  • Presentar constancia que acredite el nivel de ingresos previsionales, dentro del tope de 2,5 haberes mínimos.
  • Una vez completado el registro, el sistema habilita el acceso automáticamente al apoyar el DNI en el molinete.

Lo que aún no se conoce

La ley ya se encuentra sancionada, pero la puesta en marcha depende de la reglamentación, que dispone de un plazo máximo de 60 días para completarse. Ese proceso administrativo definirá los puntos de validación, la operatoria técnica en cada estación y la fecha exacta desde la cual el beneficio estará efectivamente disponible para su uso por parte de los beneficiarios.

RA
Rubén ArandaEconomía regional

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